A veces menos, es más
La relevancia de la pregunta del titular está en que el costo de implementar erróneamente una normativa que fomenta las actuaciones éticas en el mercado es muy alto. Ello se debe a que, si los líderes empresariales perciben la implementación de buenas prácticas de gobierno corporativo solo como un cumplimiento normativo y no le encuentra el valor tangible en su adopción, que de por sí genera una modificación en la mayoría de sus procesos y estructuras, se estaría perdiendo la oportunidad de generar consciencia en el fin ulterior de esta tendencia. Esta se refiere a la sostenibilidad de los negocios para el crecimiento económico del país y la generación de impactos positivos en los stakeholders de la compañía.
Actualmente, tanto la Superintendencia de Mercado de Valores como la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP vienen desarrollando normativas con el fin de promover la implementación de buenas prácticas de gobierno corporativo. Si bien la promulgación de legislaciones sobre el tema es una demostración tangible del interés del regulador por adoptar las tendencias consideradas líderes en los mercados internacionales, es necesario evaluar la aplicabilidad de dichas prácticas en el Perú, que tiene condiciones distintas a mercados como el de Norteamérica, Reino Unido y China.
Mercado emergente, mercado frontera
Por citar ejemplos, la composición del accionariado de las empresas en Estados Unidos y Perú es distinta. Mientras que en el primero, las empresas suelen tener un accionariado diluido; en el Perú, el 80% de las empresas son familiares. Es decir, la estructura accionaria se concentra en un único núcleo de personas ligadas consanguíneamente.
Otra diferencia significativa radica en el volumen de transacciones habituales en los mercados bursátiles en ambos escenarios. Nuestro país tiene una única Bolsa de Valores que -tras el impacto de la pandemia- ha visto rebajada su categoría a mercado frontera, y que permanentemente es presa de dicho cuestionamiento.
Este factor es de vital relevancia puesto a que, si bien los aspectos de gobierno corporativo y gestión de riesgos son de vital importancia para las compañías, la sobrerregulación podría generar altas barreras de entrada al mercado bursátil peruano.
Sin cultura el proceso puede ser agotador
Seguramente, más de una vez has oído que los peruanos nos caracterizamos por ser emprendedores, y tal vez Gamarra es la mayor muestra de ello. Sin embargo, llega un punto en el crecimiento económico de las compañías en el que es necesario reorganizar su estructura para poder seguir generando ingresos y asegurar la continuidad de sus operaciones en el tiempo.
En esa circunstancia, la implementación de las prácticas de gobierno corporativo puede ser el factor determinante para el “alistamiento” o decrecimiento de una empresa. Esta modificación en la estructura y en las líneas de comunicación para una empresa genera un choque cultural muy fuerte, no solo para sus trabajadores, sino para los propios dueños porque mientras los primeros deberán realizar nuevas funciones y adaptarse a las nuevas regulaciones que les apliquen, los directivos dejarán de tener la mente en la producción del día a día para iniciar una planificación del futuro, tanto en la estrategia como en quienes los sucederán en sus puestos.
Por esa razón es tan importante que el regulador no sobrecargue el proceso de adaptación al modelo de gobierno corporativo con legislaciones que encasillen ciertos parámetros que no toman en cuenta los diversos factores a considerar para determinar cuáles de las buenas prácticas generan valores en cada una de las compañías y cuáles aún no.
Para muestra, un botón
Todo abogado corporativo ha oído alguna vez hablar sobre Delaware's court system . Este estado es famoso por ser la jurisdicción que tiene el 64 % de las compañías de Fortune 500 constituidas en su territorio, incluyendo a la mayoría de las empresas listadas en las Bolsas de Valores estadounidenses.
La explicación es muy sencilla: la regulación es bastante flexible, lo que permite que los magistrados resuelvan disputas en un tiempo aproximado de dos a cinco días. Ello no significa que no cuenten con un Código ni con artículos relacionados a la composición de la empresa. Sin embargo, la dinámica de la normativa permite que la estructura accionaria y de Gobierno de la compañía se constituyan acorde con las dimensiones y expectativas de crecimientos de cada uno.
Esta reflexión buscar ofrecer una visión cautelosa sobre el denotado esfuerzo del legislador por promover estas prácticas que, a todas luces, son beneficiosas para las empresas y, por lo tanto, para nuestra economía, advirtiendo el riesgo latente de que un único traje puede no quedarle a todos por igual, y bien sabemos que, si se fuerza, podría romperse.
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