La Administración Aduanera tiene la importante responsabilidad de combatir el fraude aduanero y tributario, a través de su función de control aduanero, y dentro de los parámetros que la Constitución y las Leyes le proveen, para evitar abusos que afectan finalmente a los negocios internacionales y a la economía en su conjunto.

En este sentido, si bien la relación entre la Aduana y las empresas dedicadas al comercio exterior enfrenta a veces desconfianza, el desarrollo económico de un país depende, entre otras variables, de sus mecanismos de colaboración público-privada para no afectar negativamente la competitividad de la actividad comercial. Cuando hay desconfianza se imponen controles que no aportan valor y que encarecen los costos de transacción de los negocios internacionales. En tal sentido, el control que no agrega valor es un sobrecosto, pero en concordancia con la Ley General de Aduanas, la Aduana peruana tiene un compromiso con las prácticas facilitadoras del comercio exterior, lo cual se puede traducir en cooperar con el sector privado para contribuir juntos al desarrollo económico, utilizando razonablemente sus facultades, alojándolas del abuso, con personal capacitado y procedimientos adecuados.

En el caso de nuestro país, podemos decir que nuestra Administración Aduanera enfoca sus actividades de control en dos tipos de obligaciones: las tributarias y las no tributarias. Las primeras referidas al pago de los tributos que constituyen la fuente de ingresos fiscales para sostener el gasto público, y actúa en determinados casos, como una barrera al ingreso de importaciones para que el mercado nacional no pierda competitividad frente al competidor extranjero. Mientras que las obligaciones no tributarias se refieren, entre otros, a la presentación de la documentación necesaria para el ingreso de la mercancía, como certificados, licencias, registros y autorizaciones, también para proteger los intereses locales y al consumidor peruano, de los riesgos que pudieran afectar su salud, o incluso su vida.

Para ello, la Ley General de Aduanas le otorga a la Administración Aduanera las atribuciones de controlar el ingreso, permanencia, traslado y salida de personas, mercancías y medios de transporte, dentro del territorio aduanero, se encuentren o no sujetos al pago de derechos o impuestos, así como para aplicar y hacer cumplir las disposiciones legales y reglamentarias que regulan el ordenamiento jurídico aduanero, pero como hemos mencionado antes, la Aduana debe cumplir sus funciones dentro del marco de las facilitación de los negocios internacionales, utilizando la gestión de riesgo, esto es enfocando sus esfuerzos en los usuarios y operadores con alto riesgo de fraude, pero facilitando las operaciones de bajo riesgo o confiables, para no entorpecer el flujo del comercio exterior.

Fuentes de investigación:

  • Garavito Castillo, José Armando. Control Aduanero. Secretaría General de la Comunidad Andina, Lima, Julio 2007.
  • Ley General de Aduanas, aprobada por el Decreto Legislativo No. 1053 y normas modificatorias

Escrito por:

Mag. Oscar Vásquez Nieva
Docente de pregrado y postgrado de la Universidad San Ignacio de Loyola.